Alcalde

Es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponde la dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.

En la condición antedicha, el Alcalde deberá presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del concejo, el Plan Comunal de Desarrollo, el presupuesto municipal, el Plan Regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
Atendiendo a lo dispuesto en la Ley No 15.231, el cargo de Juez de Policía Local, será desempeñado por el Alcalde.

 

Concejo Municipal

 

El concejo municipal tiene un carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la ley. En el Concejo de la I. Municipalidad de Juan Fernández, se hacen valer estas características por seis concejales, incluido el alcalde que es el presidente del consejo, que trabajan sistemáticamente desde su elección.


 

 

Secretario Municipal

Las funciones del Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Juan Fernández son las siguientes:

Dirigir las actividades de secretaría Administrativa del alcalde y del Concejo.

Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.

Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecidas por la ley N.º 18.575.

Desarrolla las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación a la constitución y funcionamiento del concejo.

Cumple las funciones que le asigna la Ley N.º 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.

Actúa como Ministro de Fe para los efectos establecidos en el artículo 177º inciso segundo del Código del Trabajo.

 

Dirección de Administración y Finanzas


La Dirección de Administración y Finanzas tiene como función asesorar al Alcalde en la administración del personal de la Municipalidad, y en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponde específicamente:

1. Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.

2. Colaborar con la elaboración del Presupuesto Municipal.

3. Visar los decretos que irroguen gastos o generen recursos.

4. Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que al respecto imparte la Contraloría General de la República.

5. Controlar la gestión financiera de los recintos y/o empresas municipales.

6. Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta corriente bancaria respectiva y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.

7. Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

8. Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne, las que ejercerá a través de la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente, señaladas en el organigrama correspondiente.

 

 
Dirección de Obras Municipales

Este departamento, se dedica a las siguientes funciones:

Vela por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto goza de las siguientes atribuciones específicas:

1. Da aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales.

2. Da aprobación a los proyectos de obras de urbanización y construcción.

3. Otorga los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.

4. Fiscaliza la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y

5. Recibe las obras y autoriza su uso.

Fiscaliza las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;

Aplica normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;

Confecciona y mantiene actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;

Ejecuta medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural;

Dirige las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros;

Colabora con otras unidades en la elaboración, ejecución y control de programas sociales relacionados con las materias de su competencia.

En general, aplica las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.

Y desarrolla actividades propias de la Comuna Juan Fernández señaladas en el organigrama.

 

 

Departamento de Turismo, Cultura y RR.PP.


Este departamento está encargado de promover y fomentar el desarrollo turístico y cultural de la comuna, así como el manejo de las relaciones públicas de la Municipalidad. Dentro de sus principales funciones se cuentan:

Sección de Turismo:

  • Elaborar políticas, planes y proyectos específicos destinados al desarrollo del turismo en la comuna.
  • Mantener vínculos con el Servicio Nacional de Turismo y otras instituciones ligadas con la actividad, a fin de coordinarse y colaborar con el fortalecimiento del desarrollo turístico local.
  • Mantener contacto con el sector privado, vinculado a la industria turística nacional y local.
  • Mantener información y elaborar programas de difusión sobre las características del turismo en la comuna, y realizar estudios sobre su desarrollo potencial.

Sección de Cultura:

  • Propender a la protección y resguardo de los bienes y monumentos nacionales de incidencia comunal.
  • Fomentar el conocimiento de los valores culturales dentro y fuera de la comuna y promover las actividades tendientes a darle un carácter propio.
  • Organizar, programar y coordinar actividades y eventos orientados a promover la creación y difusión artística, científica y cultural de los habitantes de la comuna.
  • Administrar la biblioteca municipal y casa de la cultura.


Sección de Relaciones Públicas:

  • Ser el canal de comunicación entre la Municipalidad y las instituciones, organizaciones y personas, tanto dentro como fuera de la comuna.
  • Planificar, organizar y dirigir las ceremonias recordatorias de las efemérides patrias, y otras de carácter social y privado de carácter relevante para el municipio y comunidad local.
  • Informar a la comunidad sobre las acciones, medias o decisiones tomadas por el Municipio y que sean de carácter relevante para la comunidad.
  • Difundir la información relevante para la comunidad isleña y que sea recibida por el Municipio.
  • Recibir y responder las consultas realizadas por terceros con respecto a información sobre la comuna y la Municipalidad.

 

 
Unidad Coordinadora de PLADECO y Fomento Productivo

Este departamento tiene como misión “Iniciar procesos sustentables, basados en el PLAN DE DESARROLLO COMUNAL (PLADECO) como instrumento rector del desarrollo de la comuna, tendientes a satisfacer las necesidades de la comunidad local y promover su avance social, económico y cultural” Dentro de sus funciones principales están:
  • Coordinación de equipos de trabajo y de los diferentes departamentos municipales en torno a la solución de los problemas y el logro de los objetivos planteados en el PLADECO.
  • Generar evaluaciones periódicas y estados de avance del PLADECO.
  • Entregar asesoría en la formulación de proyectos a las diferentes organizaciones comunitarias, ya sean, funcionales, territoriales o productivas.
  • Difundir y promover las diversas fuentes de financiamiento para proyectos, así como la participación ciudadana en los mismos.
  • Coordinación y vinculación entre la MUNICIPALIDAD y organismos públicos y/o privados que aporten al desarrollo productivo de la comuna.
Departamento Social


El Departamento de Asistencia Social tendrá a cargo variadas funciones, dentro de las que se cuentan:
  • Contribuir a la solución de los problemas socioeconómicos que afectan a los habitantes de la comuna, procurando las condiciones necesarias que le permitan acceder a una mejor calidad de vida.
  • Impulsar el desarrollo social de la comuna, a través de la elaboración de planes, programas y proyectos.
  • Hacer difusión y orientar a la comunidad sobre los distintos beneficios de carácter social existentes y los requisitos exigidos para acceder a ellos.
  • Colaborar en la elaboración de proyectos municipales para postular a la asignación de recursos del Fondo Social, FNDR y otros.
  • Elaborar y proponer, la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
 
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