Secretaría Municipal
La Secretaría Municipal depende directamente del Alcalde, estará a cargo de un Secretario Municipal, cuyas funciones principales serán dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales y recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por ley 18.575, Orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
FUNCIONES ESPECÍFICAS
- Actuar como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.
- Llevar el registro de organizaciones comunitarias en conformidad a las normas contenidas en la Ley 19.418 y sus modificaciones.
- Llevar el registro interno de las empresas que realicen actividades relevantes dentro del territorio que tengan domicilio en la comuna.
- Llevar el Registro interno de Contratistas de la Municipalidad.
- Ejercer las facultades establecidas en la Ley 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.
- Llevar el registro de Decretos Alcaldicios.
- Llevar el Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos, de la Municipalidad.
- Redactar o visar contratos, convenios, reglamentos, ordenanzas, estatutos, oficios y cartas que emanan de la Alcaldía.
- Redactar decretos alcaldicios relativos a llamados a propuesta pública, permisos, concesiones, arrendamientos, adjudicación de propuestas públicas y privadas, que otorgan patrocinio, condecoraciones, título de hijo o visita ilustre, que declaran actividades Municipales, que autorizan la realización de actividades publicitarias o de promoción, que ordenan demoliciones o disponen clausuras, que autorizan cambios de destino de inmuebles, que disponen el cierre de pasajes y calles, que modifican el sentido del tránsito, que aprueban planes seccionales, que disponen el congelamiento de manzanas o sectores de la Comuna, que crean nuevas unidades vecinales o modifican límites de las existentes, que autorizan usos o destinos de recintos Municipales, que autorizan o ratifican la suscripción de un contrato, que aprueban textos de programas y proyectos elaborados por las distintas unidades Municipales y relativos a alumbrado público, entre otros.
- Asesorar al Alcalde, al Concejo y a las distintas unidades municipales en materias jurídicas y legales.
- Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos ordenados por el Alcalde.
- Constituir y mantener al día los títulos de los bienes raíces municipales.
- Debe ser actuar como secretaria del Concejo Municipal, según indica el artículo 85° de la ley 18.655.
- Revisar, mantener y tramitar cuando corresponda la declaración de intereses, establecida por la ley 18.575.
La Secretaría Municipal posee las siguientes unidades a su cargo:
- Oficina de Partes.
- Unidad de Personal.

SECRETARIA MUNICIPAL
María Alejandra Muñoz Cancino
Abogada
sm@comunajuanfernandez.cl

APOYO ADMINISTRATIVO
Paloma Medina Pinuer
administrativa@comunajuanfernandez.cl
OFICINA DE PARTES
Brigitte González de Rodt
partes@comunajuanfernandez.cl